"Ni la crisis económica ni el temor ante los mercados pueden esgrimirse como justificación para pretender imponer una reforma en las pensiones consistente únicamente en recortes en la protección social y los derechos de los trabajadores"
Con motivo de la renovación de las conclusiones parlamentarias del Pacto de Toledo y la reforma del sistema público de pensiones, el secretario confederal de Seguridad Social de Comisiones Obreras, Carlos Bravo, ha publicado "Criterios y alternativas para abordar una nueva reforma del sistema público de pensiones"en el que se presentan las principales propuestas alternativas planteadas por el sindicato para afrontar la futura reforma de las pensiones de modo que se garantice la mejora de la protección y la viabilidad del sistema sin tener que recurrir a recortes sociales.
"Ni la crisis económica ni el temor ante los mercados pueden esgrimirse como justificación para pretender imponer una reforma en las pensiones consistente únicamente en recortes en la protección social y los derechos de los trabajadores. Los verdaderos retos que tiene el sistema de Seguridad Social y justifican su reforma son otros, y CCOO tiene alternativas sólidas para enfrentarlos", afirma Carlos Bravo, autor del trabajo que presenta las reformas alternativas, editado por la Fundación 1º de Mayo.
El Sistema público de pensiones es un pilar básico del Estado del Bienestar que se caracteriza por ser:
• Contributivo: la pensión a percibir guarda relación con las cotizaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral.
• De reparto: las prestaciones contributivas de los pensionistas son financiadas por las cotizaciones de las personas en activo, que percibirán sus pensiones futuras con las cotizaciones de las personas que trabajen cuando ellas sean pensionistas.
• Público: lo que no solo significa control y gestión pública de la recaudación y el pago de las prestaciones, sino también la garantía del Estado sobre estas pensiones.
• Obligatorio: como requisito imprescindible de un sistema de seguros sociales que afecta al conjunto de la población trabajadora y basa su fortaleza en la amplitud del colectivo de asegurados y una adecuada renovación de los mismos
• Solidario: con tres formas distintas de redistribución de renta como objetivo, intergeneracional como corresponde a un sistema de reparto, entre territorios de mayor y menor renta individual media, entre personas de mayor nivel de renta hacia las de menor nivel de renta como consecuencia del efecto combinado de la existencia de bases máximas y mínimas de cotización así como de la pensión máxima del Sistema.
A partir de estos principios el sistema de Seguridad Social articula una red de protección pública cuyo objetivo es el de garantizar una renta vitalicia, en algunos casos temporal, suficiente para vivir a las personas en el momento en el que ya no pueden seguir trabajando, ya sea por cuestión de edad o incapacidad así como las derivadas de fallecimiento.
A su vez, para garantizar dicho objetivo el sistema de pensiones ha de abordar los debates sobre las necesidades que él mismo presenta. Afrontar e influir en estos debates son una constante en la sociedad actual desde diversas posiciones, si bien cada uno de los participantes en este proceso tiene una intención y una legitimidad bien distinta en cada caso. En este sentido conviene no olvidar algunas cuestiones básicas que determinan esta cuestión:
• Las pensiones contributivas se financian preferentemente, hoy en su totalidad, con las cotizaciones de los trabajadores en activo.
• Estas cotizaciones, tanto las descontadas directamente de la nómina del trabajador como las abonadas por la empresa, forman parte de la retribución de las personas asalariadas y conforman el denominado “coste empresa” como contrapartida al trabajo desarrollado. Por tanto, son una “retribución diferida”, una parte de la contraprestación económica por el trabajo realizado que se destina a financiar las pensiones actuales y sirve de base para determinar la pensión futura de quien hoy cotiza.
• Es decir, los perceptores de rentas del trabajo renuncian hoy a una parte de ellas para generar un derecho al cobro de su pensión futura, de forma que el sistema se financia desde el mundo del trabajo.
• Lo anterior atribuye a los trabajadores y las empresas la mayor legitimidad para participar del diseño, seguimiento y reformas del sistema. Al fin y al cabo el sistema se soporta desde la retribución del trabajo.
Todo lo expuesto debe hacernos especialmente exigentes y atentos ante las distintas posiciones y propuestas de actuación sobre el sistema de pensiones, tanto las que parten del interés por reducir los niveles de cobertura del sistema público para sustituirlos por fórmulas privadas de protección social, como las posiciones demagógicas que suelen negar cualquier necesidad de actuación sobre el sistema de pensiones, alegando que si falta dinero lo debe poner el Estado como si eso supusiera que lo paga alguien distinto del conjunto de la población y muy especialmente, los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena en un marco fiscal como es el que tenemos en España.
En ese escenario nuestro compromiso con el sistema de protección social va unido a la importancia de la responsabilidad y el rigor como requisitos necesarios para mantener y reforzar nuestros sistemas de protección social, en particular nuestro sistema de pensiones y, en general el modelo de Estado Social.
fuente: CCOO
"Ni la crisis económica ni el temor ante los mercados pueden esgrimirse como justificación para pretender imponer una reforma en las pensiones consistente únicamente en recortes en la protección social y los derechos de los trabajadores. Los verdaderos retos que tiene el sistema de Seguridad Social y justifican su reforma son otros, y CCOO tiene alternativas sólidas para enfrentarlos", afirma Carlos Bravo, autor del trabajo que presenta las reformas alternativas, editado por la Fundación 1º de Mayo.
El Sistema público de pensiones es un pilar básico del Estado del Bienestar que se caracteriza por ser:
• Contributivo: la pensión a percibir guarda relación con las cotizaciones efectuadas a lo largo de la vida laboral.
• De reparto: las prestaciones contributivas de los pensionistas son financiadas por las cotizaciones de las personas en activo, que percibirán sus pensiones futuras con las cotizaciones de las personas que trabajen cuando ellas sean pensionistas.
• Público: lo que no solo significa control y gestión pública de la recaudación y el pago de las prestaciones, sino también la garantía del Estado sobre estas pensiones.
• Obligatorio: como requisito imprescindible de un sistema de seguros sociales que afecta al conjunto de la población trabajadora y basa su fortaleza en la amplitud del colectivo de asegurados y una adecuada renovación de los mismos
• Solidario: con tres formas distintas de redistribución de renta como objetivo, intergeneracional como corresponde a un sistema de reparto, entre territorios de mayor y menor renta individual media, entre personas de mayor nivel de renta hacia las de menor nivel de renta como consecuencia del efecto combinado de la existencia de bases máximas y mínimas de cotización así como de la pensión máxima del Sistema.
A partir de estos principios el sistema de Seguridad Social articula una red de protección pública cuyo objetivo es el de garantizar una renta vitalicia, en algunos casos temporal, suficiente para vivir a las personas en el momento en el que ya no pueden seguir trabajando, ya sea por cuestión de edad o incapacidad así como las derivadas de fallecimiento.
A su vez, para garantizar dicho objetivo el sistema de pensiones ha de abordar los debates sobre las necesidades que él mismo presenta. Afrontar e influir en estos debates son una constante en la sociedad actual desde diversas posiciones, si bien cada uno de los participantes en este proceso tiene una intención y una legitimidad bien distinta en cada caso. En este sentido conviene no olvidar algunas cuestiones básicas que determinan esta cuestión:
• Las pensiones contributivas se financian preferentemente, hoy en su totalidad, con las cotizaciones de los trabajadores en activo.
• Estas cotizaciones, tanto las descontadas directamente de la nómina del trabajador como las abonadas por la empresa, forman parte de la retribución de las personas asalariadas y conforman el denominado “coste empresa” como contrapartida al trabajo desarrollado. Por tanto, son una “retribución diferida”, una parte de la contraprestación económica por el trabajo realizado que se destina a financiar las pensiones actuales y sirve de base para determinar la pensión futura de quien hoy cotiza.
• Es decir, los perceptores de rentas del trabajo renuncian hoy a una parte de ellas para generar un derecho al cobro de su pensión futura, de forma que el sistema se financia desde el mundo del trabajo.
• Lo anterior atribuye a los trabajadores y las empresas la mayor legitimidad para participar del diseño, seguimiento y reformas del sistema. Al fin y al cabo el sistema se soporta desde la retribución del trabajo.
Todo lo expuesto debe hacernos especialmente exigentes y atentos ante las distintas posiciones y propuestas de actuación sobre el sistema de pensiones, tanto las que parten del interés por reducir los niveles de cobertura del sistema público para sustituirlos por fórmulas privadas de protección social, como las posiciones demagógicas que suelen negar cualquier necesidad de actuación sobre el sistema de pensiones, alegando que si falta dinero lo debe poner el Estado como si eso supusiera que lo paga alguien distinto del conjunto de la población y muy especialmente, los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena en un marco fiscal como es el que tenemos en España.
En ese escenario nuestro compromiso con el sistema de protección social va unido a la importancia de la responsabilidad y el rigor como requisitos necesarios para mantener y reforzar nuestros sistemas de protección social, en particular nuestro sistema de pensiones y, en general el modelo de Estado Social.
fuente: CCOO
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