martes, 17 de julio de 2012

El tijeretazo a las prestaciones por desempleo

 
Oír a Fabra gritar “Que se jodan” y al grupo parlamentario del PP aplaudir, al tiempo que Rajoy decía que recortaba las prestaciones para "animar la búsqueda activa de trabajo" de los nuevos perceptores de prestaciones, es una de las mayores indignidades que he conocido. Si encima el recorte que se anuncia en el Congreso, es solo la punta del iceberg del que se realiza, la indignidad es mucho mayor.


 El tijeretazo a las prestaciones por desempleo
Enrique Negueruela |

Desde hace tiempo se veía venir que iban a meter la tijera en prestaciones. El hecho de presupuestar este año por debajo de lo gastado en 2011 era una clara premonición. De todas formas nunca llegué a pensar que fuera de una forma tan brutal, haciendo especial saña en los más desprotegidos y con mayores dificultades de encontrar trabajo.

Oír a Fabra gritar “Que se jodan” y al grupo parlamentario del PP aplaudir, al tiempo que Rajoy decía que recortaba las prestaciones para "animar la búsqueda activa de trabajo" de los nuevos perceptores de prestaciones, es una de las mayores indignidades que he conocido. Si encima el recorte que se anuncia en el Congreso, es solo la punta del iceberg del que se realiza, la indignidad es mucho mayor.

En primer lugar el PP ha cambiado el concepto mismo de subsidio. Desde 2007 era una cuantía mínima para subsistir quienes carecían de trabajo y habían agotado la prestación, no habían alcanzado el año de cotización o pertenecían a determinados colectivos, emigrantes retornados, liberados de prisiones, etc. Ahora tiene otra consideración.

Cuando una persona pierde un trabajo a tiempo parcial o agota su prestación parcial, sus necesidades mínimas no son parcializables. Por ello el subsidio tampoco lo era y percibía 426 euros fuera cual fuese el porcentaje de prestación o de trabajo. Rajoy ha decidido que esas necesidades mínimas a atender con 426 euros, sí lo pueden ser. Si el trabajo o la prestación eran a tiempo parcial, un 50% o un 60%, ahora el subsidio cubrirá solamente el 50% o el 60% de esas necesidades mínimas, serán 213 euros o 255,6. Para hacernos una idea, desde 2008 los contratos a tiempo parcial han pasado de representar el 23% de los contratos temporales registrados a suponer el 32%, afectando esta parcialidad especialmente a las mujeres, entre quienes suponen el 42%. Todos ellos verán reducido el subsidio al que puedan acceder en el mismo porcentaje en que vieron reducido su contrato de trabajo. Hablo de contrato de trabajo porque su trabajo es más que probable que fuera a tiempo completo o de más horas. En lo que va de año se han registrado 1.910.190 contratos temporales a tiempo parcial, de los que 1.135.823 corresponden a mujeres. Esta afectación a las mujeres fue lo que llevó a su modificación por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Su ataque ha sido especialmente virulento con los parados de más edad. Ha eliminado el subsidio especial para los mayores de 45 años y modificado el que era para mayores de 52 años, subiéndolo hasta los 55 años. Pero no se ha quedado ahí. Ha modificado los requisitos para solicitarlo. Hasta ahora cuando un parado cumplía la edad, lo solicitaba. A partir de esta modificación, deberá tener esa edad al agotar una prestación o cuando pueda solicitar un subsidio después de un trabajo. Veremos a parados que no están cobrando ninguna prestación y que cuando cumplan cincuenta y cinco años, tendrán todos los requisitos para cobrarlo pero no lo podrán solicitar. Necesitarán tener derecho a un nuevo subsidio, que previsiblemente será por no tener cumplido el periodo mínimo para una prestación contributiva. Cuando una persona de 45 o más años pierde su empleo, le resulta mucho más difícil reintegrarse al mercado laboral. La edad pesa como una losa. Por ello mientras los parados entre 45 y 55 años suponen el 23% del total de parados, ese porcentaje se incrementa hasta el 33% si miramos aquello con más de dos años en paro. Solo desde una perspectiva de restringir el gasto aunque se asuma la injusticia, puede mantenerse esta modificación. Además, esta reforma reduce la base de cotización a jubilación de este subsidio. Ahora cotizaba por el 125% de la base mínima, a partir de ahora será solamente la base mínima.

En relación con la prestación contributiva por desempleo se producen dos regresiones importantes. La primera de ellas tiene que ver con la aportación de los trabajadores a las contingencias comunes. Se establece que aportarán el 100% de la cuota del trabajador, el 4,70%. Esto que a primera vista parece equiparar a los parados con las cotizaciones de los demás trabajadores, en realidad lo que hace es alejarlos. Todos los trabajadores cotizamos por lo que cobramos. Si cobramos 1.000 euros, cotizamos 47 euros por contingencias comunes. En el caso de los parados esto no es así. Perciben el 70% o el 50% de su base reguladora que es por la que se cotiza. Si cobra 700 euros, su cotización es de 47 euros, si está en el tramo del 70%. Ello hace que su tipo real de cotización sea del 6,71% en el primer tramo o del 9,40% si está en el tramo del 50%. Para evitar esto, hasta ahora el Servicio Público de Empleo abonaba el 35% de la aportación del trabajador, con lo que se igualaba con todos los trabajadores.

La segunda es la disminución desde el 60% de la base reguladora al 50% durante los últimos dieciocho meses de prestación. Esta rebaja carece de cualquier explicación. Podría deberse a la insuficiencia de la recaudación de las cuotas por desempleo. Esta insuficiencia se debería solventar incrementándolas según la modalidad de contratación. Las modalidades de contratación temporal tienen un coste en prestaciones muy superior a la diferencia de cotizaciones, que es de 1,25 puntos a tiempo completo y de 2,25 a tiempo parcial. Aumentar esa diferencia, además de aproximar los costes de una y otra modalidad de contratación a la realidad debería permitir recaudar lo suficiente para no tener que disminuir la prestación. Actualmente los contratos temporales están incentivados en las cotizaciones a desempleo sobre los indefinidos dado que absorben parte de sus cotizaciones. Una medida de desincentivación incrementando en dos o tres puntos la cotización por desempleo forzaría a adecuar más las modalidades a las circunstancias de los empleos.

Otro aspecto que parece olvidar el PP, es que las prestaciones son salarios substitutorios. Es de lo que se come. De tener esto mínimamente presente, no establecería que se podrá suspender su abono ante indicios de fraude. No es solo la seguridad jurídica lo que está en juego, sino la subsistencia de las personas. Esta modificación forma parte de la cultura que afirma que ante una duda en el reconocimiento de una prestación, la salida es denegarla y que sea el juez quien la apruebe. Un gestor, ante una duda, debe solucionarla y proceder después en consecuencia. No se puede resolver con dudas y la denegación es una resolución.
El importe total que se pretende obtener del recorte de prestaciones es de 13.756 millones de euros en tres años, al mismo tiempo que se le condonan 5 mil millones a las empresas en cotizaciones. No parece repartir el esfuerzo de forma equilibrada.

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