Oír a Fabra gritar “Que se jodan” y al grupo parlamentario del PP
aplaudir, al tiempo que Rajoy decía que recortaba las prestaciones para
"animar la búsqueda activa de trabajo" de los nuevos perceptores de
prestaciones, es una de las mayores indignidades que he conocido. Si
encima el recorte que se anuncia en el Congreso, es solo la punta del
iceberg del que se realiza, la indignidad es mucho mayor.
El tijeretazo a las prestaciones por desempleo
Enrique Negueruela
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Desde hace tiempo se veía
venir que iban a meter la tijera en prestaciones. El hecho de
presupuestar este año por debajo de lo gastado en 2011 era una clara
premonición. De todas formas nunca llegué a pensar que fuera de una
forma tan brutal, haciendo especial saña en los más desprotegidos y con
mayores dificultades de encontrar trabajo.
Oír a Fabra gritar “Que se jodan” y al grupo parlamentario del PP
aplaudir, al tiempo que Rajoy decía que recortaba las prestaciones para
"animar la búsqueda activa de trabajo" de los nuevos perceptores de
prestaciones, es una de las mayores indignidades que he conocido. Si
encima el recorte que se anuncia en el Congreso, es solo la punta del
iceberg del que se realiza, la indignidad es mucho mayor.
En primer lugar el PP ha cambiado el concepto mismo de subsidio.
Desde 2007 era una cuantía mínima para subsistir quienes carecían de
trabajo y habían agotado la prestación, no habían alcanzado el año de
cotización o pertenecían a determinados colectivos, emigrantes
retornados, liberados de prisiones, etc. Ahora tiene otra consideración.
Cuando una persona pierde un trabajo a tiempo parcial o agota su
prestación parcial, sus necesidades mínimas no son parcializables. Por
ello el subsidio tampoco lo era y percibía 426 euros fuera cual fuese el
porcentaje de prestación o de trabajo. Rajoy ha decidido que esas
necesidades mínimas a atender con 426 euros, sí lo pueden ser. Si el
trabajo o la prestación eran a tiempo parcial, un 50% o un 60%, ahora el
subsidio cubrirá solamente el 50% o el 60% de esas necesidades mínimas,
serán 213 euros o 255,6. Para hacernos una idea, desde 2008 los
contratos a tiempo parcial han pasado de representar el 23% de los
contratos temporales registrados a suponer el 32%, afectando esta
parcialidad especialmente a las mujeres, entre quienes suponen el 42%.
Todos ellos verán reducido el subsidio al que puedan acceder en el mismo
porcentaje en que vieron reducido su contrato de trabajo. Hablo de
contrato de trabajo porque su trabajo es más que probable que fuera a
tiempo completo o de más horas. En lo que va de año se han registrado
1.910.190 contratos temporales a tiempo parcial, de los que 1.135.823
corresponden a mujeres. Esta afectación a las mujeres fue lo que llevó a
su modificación por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Su ataque ha sido especialmente virulento con los parados de más
edad. Ha eliminado el subsidio especial para los mayores de 45 años y
modificado el que era para mayores de 52 años, subiéndolo hasta los 55
años. Pero no se ha quedado ahí. Ha modificado los requisitos para
solicitarlo. Hasta ahora cuando un parado cumplía la edad, lo
solicitaba. A partir de esta modificación, deberá tener esa edad al
agotar una prestación o cuando pueda solicitar un subsidio después de un
trabajo. Veremos a parados que no están cobrando ninguna prestación y
que cuando cumplan cincuenta y cinco años, tendrán todos los requisitos
para cobrarlo pero no lo podrán solicitar. Necesitarán tener derecho a
un nuevo subsidio, que previsiblemente será por no tener cumplido el
periodo mínimo para una prestación contributiva. Cuando una persona de
45 o más años pierde su empleo, le resulta mucho más difícil
reintegrarse al mercado laboral. La edad pesa como una losa. Por ello
mientras los parados entre 45 y 55 años suponen el 23% del total de
parados, ese porcentaje se incrementa hasta el 33% si miramos aquello
con más de dos años en paro. Solo desde una perspectiva de restringir el
gasto aunque se asuma la injusticia, puede mantenerse esta
modificación. Además, esta reforma reduce la base de cotización a
jubilación de este subsidio. Ahora cotizaba por el 125% de la base
mínima, a partir de ahora será solamente la base mínima.
En relación con la prestación contributiva por desempleo se producen
dos regresiones importantes. La primera de ellas tiene que ver con la
aportación de los trabajadores a las contingencias comunes. Se establece
que aportarán el 100% de la cuota del trabajador, el 4,70%. Esto que a
primera vista parece equiparar a los parados con las cotizaciones de los
demás trabajadores, en realidad lo que hace es alejarlos. Todos los
trabajadores cotizamos por lo que cobramos. Si cobramos 1.000 euros,
cotizamos 47 euros por contingencias comunes. En el caso de los parados
esto no es así. Perciben el 70% o el 50% de su base reguladora que es
por la que se cotiza. Si cobra 700 euros, su cotización es de 47 euros,
si está en el tramo del 70%. Ello hace que su tipo real de cotización
sea del 6,71% en el primer tramo o del 9,40% si está en el tramo del
50%. Para evitar esto, hasta ahora el Servicio Público de Empleo abonaba
el 35% de la aportación del trabajador, con lo que se igualaba con
todos los trabajadores.
La segunda es la disminución desde el 60% de la base reguladora al
50% durante los últimos dieciocho meses de prestación. Esta rebaja
carece de cualquier explicación. Podría deberse a la insuficiencia de la
recaudación de las cuotas por desempleo. Esta insuficiencia se debería
solventar incrementándolas según la modalidad de contratación. Las
modalidades de contratación temporal tienen un coste en prestaciones muy
superior a la diferencia de cotizaciones, que es de 1,25 puntos a
tiempo completo y de 2,25 a tiempo parcial. Aumentar esa diferencia,
además de aproximar los costes de una y otra modalidad de contratación a
la realidad debería permitir recaudar lo suficiente para no tener que
disminuir la prestación. Actualmente los contratos temporales están
incentivados en las cotizaciones a desempleo sobre los indefinidos dado
que absorben parte de sus cotizaciones. Una medida de desincentivación
incrementando en dos o tres puntos la cotización por desempleo forzaría a
adecuar más las modalidades a las circunstancias de los empleos.
Otro aspecto que parece olvidar el PP, es que las prestaciones son
salarios substitutorios. Es de lo que se come. De tener esto mínimamente
presente, no establecería que se podrá suspender su abono ante indicios
de fraude. No es solo la seguridad jurídica lo que está en juego, sino
la subsistencia de las personas. Esta modificación forma parte de la
cultura que afirma que ante una duda en el reconocimiento de una
prestación, la salida es denegarla y que sea el juez quien la apruebe.
Un gestor, ante una duda, debe solucionarla y proceder después en
consecuencia. No se puede resolver con dudas y la denegación es una
resolución.
El importe total que se pretende obtener del recorte de prestaciones
es de 13.756 millones de euros en tres años, al mismo tiempo que se le
condonan 5 mil millones a las empresas en cotizaciones. No parece
repartir el esfuerzo de forma equilibrada.
fuente:NuevaTribuna
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