Las condiciones laborales de los trabajadores/as pueden ser modificadas al amparo de las nuevas causas objetivas: las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa. Es decir, cualquier causa vale.
a) Jornada de trabajo, b) Horario y distribución del tiempo de trabajo, c) Régimen de trabajo a turnos, d) Sistema de remuneración y cuantía salarial, e) Sistema de trabajo y rendimiento, f) Funciones…
Amplia la movilidad funcional permitiendo el cambio de funciones fuera del grupo profesional, superior o inferior.
Las nuevas causas objetivas mencionadas en el punto primero, son también de aplicación para la movilidad geográfica y traslados, por lo que se hace más fácil si cabe, la justificación para plantearla.
22-02-2012 - Este organismo dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad sería el primero de la Administración General del Estado (AGE) en aplicar el decreto ley de reforma laboral ante su "inexistente capacidad de contratación", añade el sindicato.
FSC-CC.OO. denuncia que la decisión ha sido adoptada de manera "unilateral y sin contar con los representantes sindicales" y asegura que supone toda una "desregulación" de las condiciones de trabajo de la plantilla.
"La actuación de los gestores del INE supone una flagrante vulneración de los derechos laborales del personal laboral", añade, para mostrar una especial preocupación ante la pretensión del organismo de "utilizar a los trabajadores para desempeñar cualquier función que determinen, independiente de si forman parte o no de las tareas para las que fueron contratados".
El sindicato ha solicitado una reunión con el presidente del INE para que se abra una mesa de negociación y "se suspenda la actitud prepotente de los gestores del organismo". "El sindicato esperará a dicho encuentro para pronunciarse sobre la situación y ofrecer una respuesta adecuada", añade.
E.P.
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